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Abogados chilenos

¿Si mi hijo trabaja y estudia corresponde pensión alimenticia?

Si mi hijo trabaja y estudia corresponde pensión alimenticia

Ciertamente, el otorgamiento obligatorio de la pensión alimenticia es un mecanismo jurídico de protección para los menores de edad, orientado a garantizar no sólo el acceso de los alimentos, sino también a la educación integral.

Aun así, vale la pena revisar los detalles que condicionan su aplicación, de forma que el responsable de la manutención pueda cesar en el ejercicio ante un tribunal y darle cabida al ejercicio individual e independiente de su hijo o hija.

¿Hasta cuándo hay que pagar la pensión por alimentos?

Por regla general, el cumplimiento del deber del pago de la pensión alimenticia está establecida hasta los 21 años. Este límite podría extenderse si el beneficiario cursa una profesión u oficio (hasta los 28 años) o si tiene alguna condición de discapacidad o incapacidad física que lo agobie.

En este último caso, será el juez quien establezca la nueva fecha tras una evaluación de la situación.

¿Cuándo se puede solicitar el cese de la obligación del pago de la pensión por alimentos?

Cuando existe la condición específica donde su hijo o hija está trabajando y percibiendo ingresos a cuenta propia, se podría solicitar el cese del beneficio.

Es decir, cuando el alimentista (hijo, hija o sujeto al cuidado) ejerza un oficio, haya adquirido un destino y tenga la posibilidad de mantenerse, ya podrá cesar el beneficio.

Aun así, es necesario que un abogado le acompañe para evaluar la jurisprudencia: estabilidad económica del demandante, si está en situación de paro laboral, la cantidad de ingreso que esté percibiendo por su trabajo es suficiente u otros elementos que pudiera aplicar al caso.

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