La partición de bienes es un acto legal que consiste en distribuir y adjudicar los bienes, derechos u obligaciones resultantes del fallecimiento de una persona, que por ley le corresponde a los herederos por sucesión.
Este procedimiento inicia cuando cualquiera de los herederos lo solicita ante un Juez árbitro, a través de la asesoría o representación de un abogado. El costo depende de lo acordado previamente y lo establecido por el juzgado.
Es un derecho de los herederos solicitar dicha distribución, si así lo desean, pero pueden optar por realizar un acuerdo y evitar que una parte de la partición deba ser destinada al pago de los honorarios del abogado o del Juez árbitro y secretarios.
El pago se realiza al finalizar la gestión y representa un porcentaje de la repartición, por lo que recomiendan que este proceso se haga de mutuo acuerdo entre los herederos y evitar tener que pagar este desembolso, que podría disminuir considerablemente el monto de la herencia.
Dicho lo anterior, concluimos que, el pago del juicio por partición lo realizan todos los herederos, quienes junto a los abogados establecen un porcentaje del monto total de la herencia a distribuir.