Las demandas por paternidad en conflictos civiles están ligadas al esclarecimiento de obligaciones y derechos y/o a la necesidad establecer vínculos directos con el hijo o hija, según la naturaleza y origen de la demanda.
En algunos casos, la demanda sucede por la negación del vínculo biológico y, en otros, para la comprobación de una posible filiación expresada por el presunto padre.
En todo caso, esta prueba tiene un grado de asertividad alta y, desde su primera implementación en Chile en 1998, ha permitido tomar decisiones a partir de un criterio claro y científico, que va más allá de la presunción.
Por eso, aquí explicaremos los detalles de cómo se realiza una demanda por paternidad, cuánto tiempo tarda en hacerse, qué pasa si el presunto padre no se presenta y de cuánto es el costo para su elaboración.
¿En qué consiste la prueba de paternidad?
La prueba de paternidad es una prueba de filiación que parte del análisis comparado de las muestras biológicas tomadas de los sujetos que, presuntamente, están emparentados de forma directa (padre, madre e hijos).
Al contrario de lo que puede pensarse, no se trata de la identificación de un elemento específico sino de la comparación de secuencias de genes presentes en las muestras. Por ende, es absolutamente necesario que se tenga a disposición el material genético del progenitor (o presunto progenitor) y del hijo/a, para que puedan ser analizadas en paralelo.
¿Por qué se hace una demanda por paternidad?
La demanda paternidad en Chile tiene arraigo en la Ley de Filiación (1998) que reconoce a los “hijos ilegítimos” con los mismos derechos que los hijos concebidos dentro del matrimonio.
De esta manera, los padres comprobados contraerán las obligaciones y derechos que por ley compete a efectos del cuidado, educación y alimentación del niño, niña, joven o adolescente. Pero también adquirirán los derechos de compartir de forma sana y directa con su hijo, en caso de que no haya impedimento moral o legal.
¿Cómo establecer una demanda por paternidad?
- Acuda al juzgado de Familia para plantear su demanda formal.
- La demanda podría ser por:
- La impugnación de paternidad, que es el derecho de un padre a no reconocer a un hijo que pasa como suyo.
- La solicitud, por parte de la madre, del establecimiento de una pensión de alimentación y manutención para su hijo.
- La comprobación científica del auto-reconocimiento voluntario y expreso de la paternidad, cuando se busca establecer una relación directa con su hijo/a.
3. Se establecerá un citatorio para un juicio oral. En caso de darse reconocimiento del vínculo de paternidad por ambas partes (madre y padre) se tomará este criterio como suficiente.
4. Si el padre no se reconoce como tal, se emitirá una orden para la realización de un examen de ADN. Las muestras son tomadas por el Servicio Médico Legal o el laboratorio que se estime conveniente.
5. Al obtener los resultados, un juez hará el fallo correspondiente.
¿Cuánto se demora el examen de ADN por el juzgado?
El procedimiento completo podría durar unos 20 días aproximadamente. No sólo involucra la realización del examen forense, sino la realización de un informe con conclusiones por parte del Servicio de Medicina Legal.
Dicho informe es enviado al Juzgado de Familia para que sea leído en presencia de la parte demandante y la demanda y así emitir la decisión judicial que se amerite.
¿Cuál es el valor de un examen de ADN en Chile?
A pesar de que la prueba de ADN es gratis, es posible que el juez coloque un valor calculado en Unidades Tributarias (2.2 UT aproximadamente) para que sea pagada por quién el juez designe. Por lo general, es pagada por la parte demandada.
¿Cómo hacer una demanda de alimentos?
Para hacer una demanda por alimentos cuando el nexo de paternidad es negado, se debe proceder de la misma forma explica en la sesión a “¿Cómo establecer una demanda por paternidad?”.
Es necesario recalcar que la pensión alimenticia es impuesta al padre (como parte demandada) hasta que el hijo o hija cumpla 21 años. En caso de que el joven esté cursando una carrera u oficio, se extenderá hasta los 28 años. Si presentase una discapacidad o incapacidad para valerse productivamente por sí mismo/a, será el juez quien determine el rango de tiempo.
Si el hijo o hija tiene más de 21 años, no estudia y/o está percibiendo ingresos económicos, cesaría la obligatoriedad del padre de suministrar una pensión alimenticia.
Conclusión
La demanda de paternidad puede venir tanto del padre como de la madre, en un acto de reconocimiento o impugnación de filiación. Si usted piensa en emprender una demanda de este tipo, debe estar seguro de que cuenta con abogados profesionales en el área.
No contar con la asesoría adecuada, podría conducirle a perder el derecho a la defensa e, incluso, ser objeto de un fallo desde una presunción errónea, pero con un objeto legal sólido.