Cuando las parejas se separan o divorcian, existe un derecho y un deber que se tiene que cumplir y es el régimen de visitas de padres a hijos por parte del progenitor que no haya obtenido la custodia de los mismos.
Este régimen puede ser establecido por los padres, de mutuo acuerdo y sin la intervención de terceros, o a través de un juez quien emite una sentencia en caso de que los progenitores no puedan llegar a un acuerdo para lo cual, se redactará un documento conocido como convenio regulador, donde se establecerán todas las condiciones de dicho régimen de visitas.
¿En qué consiste el régimen de visitas en Chile?
El progenitor que no tenga la tuición de su hijo, tiene derecho de disfrutar de la relación directa y regular con su hijo. De hecho, así es como se le llama actualmente al régimen de visitas, porque se considera que va más allá del cumplimiento de una simple visita.
Se puede establecer un régimen ordinario o un régimen extraordinario. En el primer caso, se estipulan los días entre semana o fines de semana que el menor convivirá o compartirá con el progenitor que tenga el régimen de visitas.
El régimen extraordinario, por su parte, se refiere a la regulación de las visitas para las fechas especiales, como vacaciones, festividades, entre otras, la cual, generalmente se hace de forma alternada.
¿Por cuáles motivos se puede suspender el régimen de visitas en Chile?
Si se llega a comprobar que el bienestar del niño puede estar en riesgo, o puede verse afectado, se puede suspender el régimen de visitas.
Algunos de los motivos por los que se puede suspender el régimen de visitas son que se demuestre que el progenitor en cuestión tenga una inestabilidad psicológica, sea violento, agresivo, use sustancias ilícitas, drogas o sea alcohólico, que tenga cualquier conducta que pueda poner en riesgo la vida de su hijo o que vulnere sus derechos.
Para ejecutar dicha suspensión, es indispensable presentar las pruebas necesarias y un juez determinará los procedimientos a seguir para la verificación de la información. Incluso puede ordenar la realización de evaluaciones psicológicas.
¿A qué edad un niño puede decidir no ver a su padre en Chile?
Cuando los hijos son menores de edad, es obligatorio que compartan con el progenitor durante el régimen de visitas, no obstante, si se trata de un adolescente, este pudiera decidir si no quiere cumplir con dicho régimen.
Siempre se buscará el beneficio del menor y se valorará su opinión, pero también se realizarán las experticias necesarias para comprender por qué el niño no quiere ver a su progenitor.
Gracias a esto podrá determinar si lo que le sucede es parte de la manipulación del progenitor que tiene la custodia y con quien convive habitualmente, si es producto de algún trauma a causa de conflictos familiares o si ha sufrido vulneración de sus derechos y por eso rechaza cumplir con el régimen de visitas.
¿Cuáles son los derechos del padre para ver a su hijo?
Si un juez ha establecido el régimen de visitas, el derecho del pare para ver a su hijo no se puede vulnerar, sin embargo, si el progenitor que tiene la custodio el menor se entera que el otro progenitor comete alguna falta grave o realiza alguna actividad que pueda perjudicar al menor, entonces puede solicitar a un juez la suspensión del régimen de visitas.
En estos casos, el juez buscará una mediación. El incumplimiento del régimen de visitas en Chile, es considerado como un desacato a la orden emitida por el tribunal, y esto puede acarrear graves sanciones como multas o incluso una medida de privación de libertad, por lo que es algo que debe manejarse con mucho cuidado.
¿Cuándo se considera que se está incumpliendo el régimen de visitas?
Existen varios casos en los que se puede considerar que se está incumpliendo con el régimen de visitas, por ejemplo, cuando el progenitor no acude a buscar al menor el día de visita que le corresponde. Lo mismo sucede si llega tarde con respecto a la hora de visitas estipulada previamente.
Si el progenitor decide visitar a su hijo en fechas diferentes a las establecidas, también se considera que está incumpliendo con el régimen de visitas, o, si por otra parte, el progenitor que tiene la tuición, impide que se cumpla dicho régimen.
Aunque pueden existir muchos otros casos, estos son los más comunes, y cuando suceda cualquiera o varios de ellos, se puede realizar la denuncia respectiva y el progenitor que está incurriendo en esta falta, como ya se ha mencionado, puede ser penalizado con multas, amonestaciones, detenciones nocturnas, de incluso prohibición de salida del país.
Cuando el incumplimiento se produce porque el progenitor que tiene la tuición, no permite las visitas, entonces el otro progenitor puede exigir la compensación, lo que significa que se le otorguen días adicionales por esos días que no pudo compartir con su hijo.